DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Sobre el inciso 32)

La frase declarada incompatible por la DCP 0081/2014, contenida en el precepto analizado, fue suprimida del mismo, como puede advertirse del proyecto de readecuación; observándose así el cumplimiento a lo establecido en el precitado fallo; sobre el resto del precepto en análisis, al no vulnerar el texto constitucional, corresponde declarar su compatibilidad. De igual manera, nótese que el estatuyente, en razón a la supresión de los incs. 13), 14) y 19), readecuó la numeración del artículo en análisis; es decir, el inciso 32), en el proyecto de Carta Orgánica readecuado, ahora se configura en el inciso 29) del art. 34; aspecto que, si bien debe tenerse presente, no reviste de mayor trascendencia en el control previo de constitucionalidad realizado.

El estatuyente readecuó el inciso 32) del proyecto de Carta Orgánica en los términos dispuestos por la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia, suprimiendo la frase que resultaba incompatible con el texto constitucional; por ello, el resto de la presente disposición, corresponde ser declarado compatible con la Ley Fundamental.