DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Los demás gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas propios de su territorio, y uno de ellos debe ser el castellano

El art. 5.II de la CPE, establece que: “El Gobierno plurinacional y los gobiernos departamentales deben utilizar al menos dos idiomas oficiales. Uno de ellos debe ser el castellano, y el otro se decidirá tomando en cuenta el uso, la conveniencia, las circunstancias, las necesidades y preferencias de la población en su totalidad o del territorio en cuestión. Los demás gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas propios de su territorio, y uno de ellos debe ser el castellano” (las negrillas son nuestras).

Sobre el parágrafo reformulado en análisis, se establece que el castellano y el quechua son los idiomas del municipio de Arque, precepto que se entenderá compatible con la Norma Suprema en el marco del art. 5.II de la misma; es decir, que se entiendan como idiomas de uso preferente sin desconocer la oficialidad del resto de idiomas enunciados en el art. 5.I de la norma constitucional, marco dentro del cual el parágrafo III del art. 7 modificado y readecuado se interpreta compatible con la Ley Fundamental.