Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2015-S1
Fecha: 07-Abr-2015
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela solicitada y conforme a los arts. 24 y 125 de la CPE, en relación al art. 46 del Código Procesal Constitucional; se anule el Auto de Vista 96/2014 de 14 de agosto, y “se mantenga las medidas impuestas por el inferior MEDIANTE Auto Interlocutorio de fecha 4 de julio de 2014” (sic), sea con costas, daños y perjuicios.
- Rubén Marco Camará Mamani
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. Acción de libertad por procesamiento indebido y los contextos interculturales
- qhapaj ñan (camino o vida noble)
- ñan
- Fragmento 17
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR