SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2015-S1
Fecha: 13-Abr-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Manifiesta que tras haber equivocado la consignación de datos de la Declaración Jurada mediante Formulario 200 de 22 de noviembre de 2007, con número de orden 7930804140, correspondiente al periodo de octubre 2007; presentó el trámite de solicitud de rectificatoria de la misma el 22 de enero de 2008, empero y encontrándose en proceso su solicitud, el 30 de septiembre de 2010, la Administración Tributaria mediante proveído de inicio de ejecución tributaria (PIET) DJCC/11587/2010 de 28 de septiembre, dispuso el cobro coactivo de Bs 43 225.- (Cuarenta y tres mil doscientos veinticinco 00/100 BOLIVIANOS) más sus accesorios; acto notificado por edicto como si la Administración Tributaria, desconocería el domicilio de la empresa que representa, lo cual le privó de ejercer su derecho a la defensa.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- se encontraba aún pendiente de pronunciamiento al momento de esa emisión
- Fragmento 4
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió parcialmente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.13.
- III.1.De la acción de amparo constitucional y el derecho al debido proceso
- III.2. De los tributos al Estado desde la cosmovisión de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
- Dimensión Querer
- Dimensión Hacer
- Dimensión Organizativa
- Dimensión saber
- III.3. El tributo en el periodo colonial, republicano y Estado Plurinacional
- III.4. Sobre los principios ético morales
- III.5. El derecho al debido proceso
- 1) Territorialidad
- conocimiento oportuno de la sindicación
- notificaciones
- las actuaciones comunicacionales deben cumplir con su eficacia material, asegurando que el contenido de los fallos y resoluciones emitidos en dichas instancias, sean de conocimiento de las partes del proceso, de lo contrario, se estaría provocando indefensión
- III.6. Análisis del caso concreto
- potestad única y exclusiva del SIN
- 1° CONFIRMAR