SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0343/2015-S1

Fecha: 13-Abr-2015

III.6. Análisis del caso concreto

Para el análisis, partimos de la premisa de los Fundamentos Jurídicos III.2 y III.3, desarrollados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, que bajo los principios de la cosmovisión de los pueblos indígena originario campesinos, la tributación o contribución al Estado tiene origen ancestral, desde la formación de la comunidad ayllu (familia), que sufre una deformación en el periodo colonial y la república, recuperando esta visión ancestral en el actual Estado Plurinacional, por lo que, toda persona natural o jurídica, tiene la obligación de contribuir para el bien común, por tanto todas las empresas deben realizar sus declaraciones impositivas sin tratar de evadir al tesoro público. De igual forma, las instituciones que administran estos recursos, deben regir sus actuaciones bajo los principios ético morales del ama qhilla, ama llulla, ama suwa y principios de la política fiscal del Estado Plurinacional desarrollados en los Fundamentos Jurídicos III.3 y III.4 del presente fallo.