SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2015-S2

Fecha: 08-Abr-2015

II.1.

II.1.       Dentro de la ejecución provisoria de Sentencia, en el proceso ordinario de repetición de pago seguido por José Sánchez Aguilar contra SANINCO S.R.L.; el 11 de febrero de 2014, Emilio Sánchez Aguilar, hoy accionante, formuló incidente de recusación invocando las causales sobrevinientes enmarcadas en el art. 3 numerales 7 y 11 de la LAPCAF, que prevén como presupuestos de recusación, la existencia de un litigio pendiente del juez con alguna de las partes, siempre que no hubiera sido promovido expresamente para inhabilitar al juez o haber sido el juez denunciante o querellante contra una de las partes o denunciado o querellado por cualquiera de éstas con anterioridad al inicio del litigio; aludiendo en ese mérito, el inicio de una acción penal ante el Ministerio Público contra el Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial, por la presunta comisión de los delitos de prevaricato y resoluciones contrarias a la ley y a la Constitución Política del Estado, tipificados y sancionados por los arts. 153 y 173 del Código Penal (CP), por haber aprobado dicha autoridad judicial el remate a favor del adjudicante Hernán Cáceres Quispe, con serios defectos absolutos, que fueron advertidos en apelación, anulando obrados, por lo que, se cuestionaba seriamente su imparcialidad en el asunto (fs. 6 a 7 vta.).