SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2015-S2

Fecha: 08-Abr-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La representante del accionante, denuncia la vulneración de los derechos de éste al debido proceso _en su elemento de motivación de las resoluciones judiciales_, a la igualdad jurídica, a la “taxitividad legal”, a una justicia transparente y sin dilaciones, a la tutela efectiva de jueces y tribunales, y del principio a la seguridad jurídica, alegando que los Vocales codemandados, dictaron el Auto 005/2014 de 12 de marzo, declarando ilegal el allanamiento del Juez a quo respecto a la recusa que formuló su representado para apartar a la citada autoridad judicial del conocimiento del proceso ordinario de repetición de pago seguido por José Sánchez Aguilar contra la empresa SANINCO S.R.L., recusación que sustentó en las causales contenidas en el art. 3 numerales 7 y 11 de la LAPCAF, ante el proceso penal que se inició en su contra precisamente por actuaciones ilegales en las que incurrió dentro de la causa civil anotada. En ese orden, aduce que la decisión señalada, fue dictada con total carencia de fundamentación y motivación, sin considerar los presupuestos que la motivaron, aplicando las normas del nuevo Código Procesal Civil, cuando correspondían las del anterior Código procesal de la materia, a más que incluso el art. 353.II del mismo, prevé que si la autoridad recusada se allana, ésta debe ser aceptada, por lo que, no podía determinarse lo contrario; estableciendo finalmente con evidente incongruencia que, no concernía suspender el proceso por la recusación planteada, sustentando dicha afirmación en el art. 517 del anterior procedimiento civil, cuando previamente se había determinado que no eran aplicables las disposiciones de ese Código, sino las de la Ley 439.