Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2015-S3
Fecha: 10-Abr-2015
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Celebrada la audiencia pública el 11 de septiembre de 2014, según consta del acta cursante de fs. 772 a 780, con la concurrencia de la parte accionante, los abogados-apoderados del Director Ejecutivo a.i. de la AGIT y del Gerente Distrital dependiente de la Gerencia GRACO Santa Cruz del SIN, en calidad de terceros interesados, ausentes las autoridades demandadas -quienes presentaron informe escrito-, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- III.2. Análisis del caso concreto
- no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivo la decisión judicial o administrativa impugnada,
- REVOCAR