Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2015-S3
Fecha: 10-Abr-2015
concedió
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 21 de 31 de julio de 2014, cursante de fs. 332 vta. a 335, concedió la tutela solicitada, disponiendo la nulidad de las Resoluciones 0120/2013 de 19 de agosto de 2013 y 26/2014 de 24 de febrero; así como, que las instituciones encargadas de velar el cumplimiento del Convenio Interinstitucional suscrito entre el Gobierno Municipal Autónomo de Santa Cruz de la Sierra y la Clínica “San Rafaela” S.R.L., inicien el proceso administrativo respectivo a la parte accionante conforme las normas jurídicas vigentes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible
- Fragmento 15
- III.2.
- alegando
- se desestimó el recurso jerárquico por no haber acreditado supuestamente la personería del accionante en el proceso administrativo, sin considerar que es el copropietario de la Clínica accionantes y por tanto el agraviado directo
- REVOCAR