Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2015-S3
Fecha: 10-Abr-2015
II.3.
II.3. A través de la Resolución Ejecutiva 26/2014 de 24 de febrero, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, desestimó el recurso jerárquico, interpuesto el 23 de diciembre de 2013, por el hoy accionante, por no cumplir con las formalidades de representación señaladas expresamente en los arts. 13.I y II de la LPA; y, 67 del DS 27113, disponiendo su notificación conforme al plazo previsto en el art. 33.III de la LPA. (fs. 50 a 59).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible
- Fragmento 15
- III.2.
- alegando
- se desestimó el recurso jerárquico por no haber acreditado supuestamente la personería del accionante en el proceso administrativo, sin considerar que es el copropietario de la Clínica accionantes y por tanto el agraviado directo
- REVOCAR