SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2015-S3

Fecha: 08-Abr-2015

6)

6) Respecto al art. 235.4 del CPP, refieren que por el documento privado, por la forma que se presentó, por la presencia de las personas extranjeras que corroboró a continuar en error a las víctimas múltiples, actos que se fueron repitiendo en el transcurso -inclusive- del año y finalmente el hecho de cobrar una suma adicional, implica la persistencia de dicho riesgo procesal, por ello declaran con lugar;