Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
II.4.
II.4. El 19 de agosto de 2014, el Fiscal de Materia presentó ante el Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal, imputación formal contra René Mamani Amado, por la presunta comisión del delito de asesinato, solicitando medida cautelar de detención preventiva, imputación que fue ampliada el 5 de septiembre del mismo año (fs. 41 a 43 vta.; y, 109 a 111).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepcionalidad en la aplicación del principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional”
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Respecto a la actuación del Fiscal de Materia
- III.3.2. En cuanto a Milenka Gutiérrez Antezana, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de El Alto
- III.3.3. De la actuación del Tribunal de apelación
- CONFIRMAR