Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2015-S3
Fecha: 22-Abr-2015
II.8
II.8 Por Comunicación Interna 006/2013 de 8 de febrero, los Asesores Legales de la Oficialía Mayor de Planificación del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz, hicieron conocer que en relación a la solicitud de paralización del trámite de reestructuración del Barrio “Casanova Dos”, seguido por Walter Molina, ese proceso se adecuó a los requisitos técnico legales; por lo que, corresponde dar continuidad a dicho trámite; de igual manera, respecto a la solicitud de paralización por parte de personeros del FONVIS y la Junta Vecinal de la U.V. 170 del referido trámite, ambas deben ser rechazadas por no contar con la respectiva orden judicial al tratarse de terceros (fs. 129).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 10 Hectáreas con 7740 metros
- a)
- Fragmento 4
- i)
- 1)
- concedió en parte
- II.1
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- II.10
- II.11
- II.12
- II.13
- II.14
- II.15
- II.16
- II.18
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2 Jurisprudencia reiterada sobre la jurisdicción constitucional frente a derechos y hechos controvertidos
- III.3 Análisis del caso concreto
- en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos
- REVOCAR