Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0438/2015-S3
Fecha: 04-May-2015
II.4.
II.4. Acta de reunión extraordinaria de 4 de septiembre de 2013, en cuyo punto cuarto se refirió a la existencia de una instalación clandestina de agua potable realizada en el inmueble de la hoy accionante, indicando que ésta no cumplió además con ninguno de los requisitos para ser miembro de dicha asociación, señalando así mismo que cuando se pidió el cumplimiento de éstos, la mencionada se alteró, reunión que concluyó con el Voto Resolutivo que acuerda el corte de dicho servicio en forma inmediata (fs. 75 a 77 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- iii)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos
- servicios básicos si ha cumplido las obligaciones
- otras terceras personas no pueden cortar o amenazar cortar dichos servicios, menos utilizarlos como mecanismo de presión para obtener la ejecución de algún acto
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Del derecho al acceso al agua
- 'Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática',
- CONFIRMAR