SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2015-S3

Fecha: 07-May-2015

II.2.

II.2.  Mediante memorial de 29 de mayo de 2012, el accionante planteó incidente de nulidad de notificación, en el Otrosí 3 de dicho memorial, solicitó que las notificaciones posteriores se realicen al Correo Electrónico [email protected] (sic) (fs. 55 a 59 vta.); incidente que fue resuelto mediante Dictamen Jurídico AD-ABT-SMT-008-2012 de 4 de junio, por la Responsable Jurídico de la UOBT de San Ignacio de Velasco y San Matías de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT), quien rechazó el incidente de nulidad presentado, no obstante se dispuso la anulación obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta “fs. 36”, disponiendo la notificación a la  sumariada Sociedad Comercial “Roque Valente” S.R.L., con el Auto Administrativo AU-ABT-SMT-001-2012 de 16 de enero; señalándose en el Otrosí 3, por señalado el domicilio especial (fs. 68 a 70).