SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2015-S3

Fecha: 07-May-2015

II.7.

II.7.                                                                                          Por memorial de 26 de julio de 2013, Andre Jan Paul Wounters, representante de la Sociedad Comercial “Roque Valente” S.R.L., impugnó el Auto Administrativo ADD-DGMBT-128-2013, señalando que tuvo conocimiento del mismo de manera extraoficial y por comunicación del otro co-demandado, y en cual se habría observado su personería para representar a la empresa Roque Valente S.R.L., absolviendo traslado y en consideración “…a que mi correo electrónico señalado para efectos de conocer providencias no cursa ninguna notificación (…) con los datos que tengo extraoficialmente…” (sic) se dio por notificado a efecto de dar celeridad al trámite del recurso; señalando que el 15 de mayo de 2012, los socios de la Sociedad Comercial “Roque Valente” S.R.L., le confirieron el Poder de Administración General y Financiero mediante Testimonio 698/2006, el mismo que fue registrado en la Fundación Para el Desarrollo Empresarial (FUNDEMPRESA), con lo que señaló que se acreditaba su legal personería para interponer el recurso de revocatoria, refiriendo igualmente que tiene acreditada su personería; solicitando se revoque el mismo dejándolo sin efecto y “…se continúe el trámite del recurso de revocatoria en virtud a que ha acreditado legalmente…” (sic) su personería; otrosí en el que señaló el correo electrónico [email protected] para posteriores notificaciones (fs. 148 y vta.).