SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2015-S2

Fecha: 05-May-2015

art. 39 “INC. B. 3 NUMERAL. DE TERCER GRADO”

En el Capítulo denominado de las Faltas Disciplinarias, el art. 34, dispone que: “Se consideran faltas disciplinarias todas las conductas cometidas por los cursante de las Unidad Académicas de Grado de la UNIPOL, por acción, omisión o negligencia, previstas y sancionadas en el presente reglamento”, y dentro de los tipos de faltas y sus sanciones y su clasificación, encontramos en el art. 39 “INC. B. 3 NUMERAL. DE TERCER GRADO” (sic), en su inc. 10 como falta grave lo siguiente: “…Quedar en estado de gravidez y/o comprobarse médicamente la práctica de la interrupción del embarazo” (las negrillas nos pertenecen).