Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2015-S2
Fecha: 05-May-2015
II.5.
II.5. Por RA 041/2014 de 1 de agosto, relativa al caso 013/2014, los miembros de la Comisión de Régimen Disciplinario de la ANAPOL, resolvieron sancionar a la accionante, con la baja definitiva de la unidad académica por haber infringido el art. 39 inc. b.3 numeral 10 (faltas graves) del Reglamento de Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la UNIPOL (fs. 8 a 11), contra la que interpuso recurso jerárquico (fs. 18 a 27)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El debido proceso y sus elementos configuradores
- los elementos que componen al debido proceso
- derecho a la defensa
- presunción de inocencia
- La vigencia del principio determina que un procesado no puede ser considerado ni tratado como culpable, menos como delincuente, mientras no exista una sentencia condenatoria que adquiera la calidad de cosa juzgada formal y material
- derecho a la valoración razonable de la prueba también se encuentra inserto como parte del debido proceso
- existen excepciones
- III.2. Reglamento del Régimen Disciplinario de la Unidades Académica de Grado de la UNIPOL
- art. 39 “INC. B. 3 NUMERAL. DE TERCER GRADO”
- art. 51
- III.3. Análisis del caso concreto
- Auto de apertura del Sumario Interno CRD/013/2014 de 11 de abril
- por denuncia
- Resolución Administrativa 041/2014 de 1 de agosto
- Resolución de recuro jerárquico 372/2014 de 8 de septiembre