SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2015-S3

Fecha: 07-May-2015

II.2.1.

II.2.1. La presente acción de amparo constitucional fue admitida mediante Auto de 1 de abril de 2014, en el cual se señaló audiencia pública a las cuarenta y ocho horas de la última notificación a las autoridades demandadas (fs. 467). Sin que curse actuado que señalara una fecha específica, la primera audiencia pública -de esta acción-, se llevó a cabo el 24 de junio de ese año; sin embargo, la misma fue suspendida para el 26 del mismo mes y año, en atención a la inconcurrencia del accionante, pues no se había diligenciado oportunamente su orden de traslado desde el penal donde se encontraría detenido preventivamente (fs. 509 a 511 vta.).