Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
II.2.
II.2. Julio Tomás Urioste Viera -hoy tercero interesado-, por memorial presentado el 11 de septiembre de 2012, interpuso recurso de apelación contra la Resolución de la Comisión de Reclamación 00418/12 (fs. 65 a 66).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- efectuar a favor del asegurado, una densidad de aporte de ocho años y ocho meses
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. El derecho a la motivación y congruencia de las resoluciones como elemento del debido proceso. Jurisprudencia reiterada.
- Fragmento 16
- 2)
- 3)
- 4)
- REVOCAR