SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La entidad accionante, denuncia la lesión de los derechos invocados en la presente acción de amparo constitucional, por cuanto dentro del trámite de reclamación por Compensación de Cotizaciones seguido por Julio Tomas Urioste Viera contra el SENASIR, las autoridades demandas en casación pronunciaron el AS 10 de 1 de abril de 2014, a través del cual revocaron la Resolución impugnada, sin una debida fundamentación, motivación y congruencia, y con una indebida valoración de la prueba; por cuanto pese a haber reclamado en el recurso, la aplicación de normativa que no corresponde al trámite de Compensación de Cotizaciones en el procedimiento manual, utilizado únicamente a los trámites realizados por los asegurados en el Sistema de Reparto y no así para los trámites efectuados por Compensación de Cotizaciones, llegó a desconocer que el asegurado pertenece al sector de la Banca Privada, debiendo aplicársele para la certificación de sus aportes, los Estudios Matemático Actuariales, y no otro procedimiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- efectuar a favor del asegurado, una densidad de aporte de ocho años y ocho meses
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. El derecho a la motivación y congruencia de las resoluciones como elemento del debido proceso. Jurisprudencia reiterada.
- Fragmento 16
- 2)
- 3)
- 4)
- REVOCAR