SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2015-S1
Fecha: 22-May-2015
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Edwin Orlando Riveros Baptista, Fiscal Departamental de Oruro, a través de informe presentado de fs. 331 a 335 vta., señaló que fue designado como Fiscal Departamental de Oruro desde el 19 de febrero de 2014, por lo que no participó de la Resolución Jerárquica 106/2013, por lo tanto, no existiría por su parte violación de derechos y garantías denunciadas por el accionante.
Francisco Terán Pérez, ex Fiscal Departamental de Oruro, a través de informe presentado mediante memorial cursante a fs. 336 y vta., indico que ya no ejerce este cargo, lo que le imposibilita emitir un criterio jurídico sobre el presente caso; asimismo, señala que las resoluciones que emitió cumplen con la exigencia de la debida motivación, añadió que el cuaderno de investigación no se halla bajo su custodia y que por el principio de unidad y representación, los directos “…indicados…” (sic) al efecto serían el actual Fiscal Departamental y el Fiscal de Materia asignado a la localidad de Huanuni.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del debido proceso en su elemento de la fundamentación y motivación
- III.2.
- III.3. Del derecho a la igualdad de las partes
- III.5.
- III.6.