SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0517/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0517/2015-S1

Fecha: 22-May-2015

III.5.El derecho a la propiedad

El derecho a la propiedad previsto en el art. 56 de la CPE, se encuentra protegido dentro de los márgenes y tomando en cuenta las restricciones especiales que la referida norma establece, por ello nadie puede vulnerar el mismo ni disponer de él sino conforme a la Ley Fundamental y las leyes que rigen las formas de su disposición.

Al respecto la SCP 0025/2015-S1 de 2 febrero, erige que: “La Constitución Política del Estado, reconoce a la propiedad privada como un derecho fundamental, al establecer en su art. 56, que: 'I. Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que ésta cumpla una función social'.