SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2015-S2

Fecha: 28-May-2015

a)

El accionante mediante su abogado defensor ratificó su demanda y amplió señalando lo siguiente: a) Con relación a la supuesta existencia de actos consentidos, es preciso señalar que previa a la instalación de la audiencia se solicitó la suspensión de la misma entre tanto no se encuentre resuelta la demanda de acción de amparo constitucional; sin embargo, a petición de los querellantes y el Ministerio Público, la autoridad judicial decidió continuar con el acto; y, b) Asimismo, a la conclusión de la audiencia se hizo constar en el acta que la concurrencia a dicho acto era precisamente para que no se tome como un peligro de obstaculización.