Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2015-S3
Fecha: 25-Jun-2015
Fragmento 14
El art. 66.4 del CPCo, prevé una de las causales de improcedencia de la acción de cumplimiento, al señalar que no procederá: “En procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional”.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- ARTÍCULO 37 (REGISTRO GENERAL)
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- Fragmento 14
- III.2. La acción de cumplimiento en procedimientos administrativos
- b) Incumplimiento de potestades administrativas, estrictamente vinculadas a un procedimiento administrativo.
- un procedimiento administrativo,
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto