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    CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2015-S3

    Fecha: 25-Jun-2015

    Fragmento 14

             El art. 66.4 del CPCo, prevé una de las causales de improcedencia de la acción de cumplimiento, al señalar que no procederá: “En procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional”.

    • acción de cumplimiento
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • ARTÍCULO 37 (REGISTRO GENERAL)
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • Fragmento 12
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
    • Fragmento 14
    • III.2. La acción de cumplimiento en procedimientos administrativos
    • b) Incumplimiento de potestades administrativas, estrictamente vinculadas a un procedimiento administrativo.
    • un procedimiento administrativo,
    • Fragmento 18
    • III.3. Análisis del caso concreto

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