CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2015-S3
Fecha: 25-Jun-2015
II.2.
II.2. Mediante nota cite: Of. 0069/2013 de 7 de octubre, Rafael Quinteros Montaño en representación legal de la Clínica San Rafaela Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) -entidad hoy accionante-, solicitó al Oficial Mayor de Desarrollo Humano del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, Raúl Hevia Correa -actualmente codemandado-, instruya a la sección correspondiente que les proporcione la lista de afiliados y el formulario SSPAM 08, para proceder a elaborar la solicitud de pago, por los meses en los cuales la referida Clínica, atendió a los asegurados del SSPAM, correspondiente al segundo cuatrimestre, por la atención del primero, segundo y tercer nivel (fs. 25); posteriormente, mediante memoriales presentados el 24 del citado mes; y, 13 de noviembre, ambos de 2013, la parte accionante, reiteró su solicitud de remisión de la lista oficial de asegurados del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra (fs. 29 a 31; y, 32 a 34).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- ARTÍCULO 37 (REGISTRO GENERAL)
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- Fragmento 14
- III.2. La acción de cumplimiento en procedimientos administrativos
- b) Incumplimiento de potestades administrativas, estrictamente vinculadas a un procedimiento administrativo.
- un procedimiento administrativo,
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto