SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0537/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0537/2015-S1

Fecha: 01-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Alegan que a fines de febrero de 2014, una “horda de mal vivientes” (sic), dirigida por Eva Ericka Egüez Medina, invadieron el inmueble de sus mandantes ubicado en el “Kilómetro 8” de la carretera Santa Cruz -Cotoca lado sud-este, el acto invasivo fue realizado de manera violenta e ilegal, destruyeron parte de las instalaciones que se habían construido, deshicieron los mojones, todo ello con el empleo de la fuerza y violencia, actualmente se encuentran detentando el inmueble, no es posible acercarse al lugar por correr peligro las vidas de sus representados.

Manifiesta que el lote de terreno es de propiedad de sus podermandantes, según la escritura pública 398/2010 de 18 de mayo, otorgado por ante Notaria de Fe Pública 8, a cargo de Leticia Aguirre Ballivian, que contiene una división de un inmueble ubicado en la zona este carretera a Cotoca, inscrita en el registro de Derechos Reales (DD.RR.) con la matricula 7012010029308. Asimismo, del certificado alodial expedido por DD.RR., el que da cuenta que Antonio Ramón Ortíz Gutiérrez y Tatiana Vaca Díez de Ortíz, tienen registrado su derecho propietario, con una superficie de 49471, 44 m2, además señala que el título de propiedad de sus mandantes, no tiene ningún proceso pendiente en el que se discuta la validez y eficacia del derecho propietario.