SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0545/2015-S1

Fecha: 01-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 18 de marzo de 2014, se aprobó el Reglamento de Demolición de Construcciones Clandestinas del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí (GAMP), por lo que en cumplimiento de las normas legales aplicables, se iniciaron dos procesos de demolición que fueron seguidos hasta agotar la vía administrativa originando las Resoluciones Municipales (RRMM) 101/2014 y 149/2014, (sic) que resolvieron los recursos jerárquicos respectivamente. Adució que las mismas contenían una mala interpretación del art. 123 de la Constitución Política del Estado (CPE) (Sobre la irretroactividad de la ley), promoviendo la inaplicabilidad del aludido reglamento, para construcciones anteriores a su promulgación; cuando conforme al art. 1493 del Código Civil (CC), debió entenderse que un “delito de infracción” se conoce desde el momento en que se sabe de el y que no es posible afirmar que la aplicación de una norma adjetiva se encuentra enmarcada por la irretroactividad. Denunció además un pronunciamiento de oficio indebido que respondía a cuestiones jamás cuestionadas en el recurso jerárquico, lo que le genera perjuicio no sólo por la vulneración al debido proceso, sino que repercute en todos los procesos encausados hasta ahora ante el Gobierno Autónomo Municipal de Potosí.