SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2015-S3

Fecha: 10-Jun-2015

a)

Con relación a dicho proceso, indicaron que la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional contenida en la SCP 0486/2013 de 12 de abril, establece dos situaciones: a) Que no corresponde a la vía judicial conocer los reclamos sobre el no pago de una indemnización, como así era su pretensión al iniciar la demanda ordinaria contra la ABC y el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza; y, b) Pese a haber transcurrido más de cuatro años de la ocupación pública de su lote de terreno, su último reclamo exigiendo el pago de la indemnización data del 28 de octubre de 2013, de modo que no transcurrieron los seis meses hasta la interposición de la presente acción de amparo constitucional.

Concluyen señalando que, de las pruebas acompañadas, se tiene que su propiedad privada fue objeto de ocupación pública como consecuencia de la ejecución y construcción del proyecto vial Tupiza-Villazón, sin que se hubiera seguido previamente un trámite de expropiación que culmine con el pago de una justa indemnización; omisión indebida que permitió que tanto el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza como la ABC burlen el pago de una indemnización; es decir, que los responsables de la vulneración y restricción de sus derechos fundamentales fueron las autoridades municipales de Tupiza y de la ABC.