Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2015-S3
Fecha: 10-Jun-2015
II.5.
II.5. La OM 038/2010 de 18 de noviembre, el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, declaró de necesidad y utilidad pública los bienes inmuebles ubicados en las Zonas de Chajrahuasi y Yurcuma, destinados a la ejecución del proyecto construcción y pavimentación de la carretera Cotagaita-Tupiza -Villazón, autorizándose la expropiación de dichos bienes inmuebles (fs. 17 a 19).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR