Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2015-S3
Fecha: 10-Jun-2015
II.6.
II.6. El Testimonio de 16 de febrero de 2012, evidenció que mediante Auto de 14 de febrero de 2011, la Jueza Primera de Instrucción Mixta y cautelar de Tupiza del departamento de Potosí, declaró herederos legales al fallecimiento de Demetrio Pinto Fernández a la esposa supérstite Angélica Vargas Vargas y a los hijos Juan Fernando Pinto Vargas y Lidia Pinto Vargas, concretamente sobre los inmuebles ubicados en calle Tarija de la ciudad de Tupiza, así como el predio situado en Yurcuma (fs. 3 a 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR