Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2015-S3
Fecha: 17-Jun-2015
II.4.
II.4. La actual demandada, por memorial presentado el 1 de diciembre de 2014, ante el Juez de Instrucción de turno en lo Civil del departamento de Oruro, interpuso demanda de desalojo contra el hoy accionante, alegando el incumplimiento del pago del canon acordado desde enero hasta el mes de noviembre del mismo año (fs. 58 a 59).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. La protección directa e inmediata de los derechos del inquilino ante las medidas de hecho ejecutadas por propietarios del inmueble. Jurisprudencia reiterada.
- 'a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia;
- Fragmento 16
- III.2. El derecho a la vivienda
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- la jurisprudencia emitida por este Tribunal, de manera reiterada, sostuvo que es contrario a la normativa legal que los propietarios de inmuebles acudan al ejercicio de la justicia por mano propia con el objetivo de desalojar de manera extrajudicial a los locatarios; y, siendo que en el presente caso, existen medidas de hecho que fueron asumidas por la demandada, sin respetar la vigencia del contrato de arrendamiento que fue firmado,
- CONFIRMAR