SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0626/2015-S2
Fecha: 03-Jun-2015
II.1.
II.1. El Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, en audiencia conclusiva de consideración de aplicación de procedimiento abreviado, de 18 de septiembre de 2013, dentro de las investigaciones seguidas por el Ministerio Público contra Ronny Daniel Vidal Quevedo y otros, por la presunta comisión del delito de concusión, emitió Sentencia Condenatoria a cumplir la pena de tres años de reclusión en el Centro de Rehabilitación “Palmasola” de Santa Cruz, en contra del ahora accionante, disponiendo al mismo tiempo se declare ejecutoriada la sentencia y se libre mandamiento de condena; en la misma audiencia el abogado de la defensa, en la vía de complementación solicitó que el término de la detención domiciliaria cumplido por su defendido, sea acumulado y se considere como detención preventiva para efectos de computo, solicitud que fue denegada por la autoridad (fs. 2 a 7 vta).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- providencia de 15 de octubre de 2014
- III.1. Jurisprudencia reiterada y consolidada sobre los supuestos de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- y sólo si la infracción no es reparada se abre la tutela constitucional
- III.2.Análisis del caso concreto
- identidad sujeto activo
- Fragmento 23