SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

concedió

El Juez de Partido Mixto y Sentencia Penal de San Ignacio de Velasco                        del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por                     Resolución 02/2014 de 5 de noviembre, cursante de fs. 266 vta. a 269 vta., concedió la tutela disponiendo la nulidad del proceso sumario hasta el Auto de 23 de agosto de 2012; se dé la citación a los herederos de Belzy Quezada Vda. de Peinado; y,  se solicite certificación sobre la existencia legal de los contratos de anticresis de los demandados, con la base de los siguientes fundamentos:                     1) Ambos demandados actuaron dando respuestas adjetivas y sustantivas en el proceso sumario, dejando de lado la búsqueda de la verdad material conforme a la SCP 1414/2013 de 16 de agosto; 2) Debieron integrar a la litis al Notario que dio fe pública del contrato de anticresis, así como a los herederos de Belzy Quezada Vda. de Peinado; 3) La Jueza demandada, interpretó incorrectamente el art. 479 del CPC.1997, que garantiza a las partes la oportunidad de ampliar su prueba, cuya proposición no se limita al momento de la contestación;                            4) Corresponde a la jurisdicción constitucional verificar si los jueces ordinarios                   a tiempo de realizar su labor interpretativa no quebrantaron principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico; y, 5) La acción de amparo constitucional se planteó dentro del plazo de seis meses contados desde el 15 de abril de 2014, dado que el término se suspende en vacación judicial.