SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2015-S2
Fecha: 10-Jun-2015
II.1.
II.1. Dentro del proceso ejecutivo seguido por la Cervecería Boliviana Nacional contra Amanda Sandra Zárate Curi y José Antonio Saravia Vera, mediante escrito presentado el 5 de agosto de 2011, el ejecutado Antonio Saravia Vera se apersonó y opuso las excepciones de impersonería y falta de capacidad procesal, aludiendo insuficiencia del poder del apoderado, y la de pago documentando, alegando que se ha efectuado la cancelación por las sumas de Bs4 476 86.- (cuatro mil cuatrocientos setenta y seis 86/100 bolivianos) y Bs7 324 31.- (siete mil trescientos veinticuatro 31/100 bolivianos); en el Otrosí 3 de dicho escrito señaló domicilio procesal en calle D’ Orbigny 11, edificio Elizabeth, of. 27, el cual fue dado por señalado mediante decreto de 8 de agosto de 2011. Por su parte, la ejecutada Amanda Sandra Zárate Curi mediante escrito presentado el 8 de agosto de 2011, se apersonó y opuso las mismas excepciones de impersonería y falta de capacidad del apoderado del ejecutante, con idéntico fundamento, y la de pago documentado, alegando el pago de Bs3000.- (tres mil bolivianos); y en otrosí 2 de dicho memorial, también señaló domicilio procesal en calle D’ Orbigny 11, edificio Elizabeth, of. 27, que igualmente fue dado por señalado, mediante decreto de 8 de agosto de 2011. Sin embargo, los accionantes, en el Otrosí 1 del escrito presentado el 28 de noviembre de 2011, señalaron: “Providencias; la secretaría de su digno despacho”, dándose por señalado dicho domicilio, mediante decreto de 30 de noviembre de 2011 (4 a 9 y 86 a 90).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De los fundamentos y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso.
- III.3. El principio de congruencia como componente sustancial del debido proceso
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR