SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2015-S1
Fecha: 26-Jun-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante, en audiencia, se ratificó sobre lo pedido en el memorial de amparo constitucional explicando los hechos concretos que motivaron la acción presentada y añadió que: Existen contradicciones en la foliación del expediente pues “fs. 109 cursa la denegación la ejecutoria de la resolución del 22 de abril, pero el recurso jerárquico cursa a fs. 106 y a fs. 95 cursa la resolución que rechaza el recurso jerárquico” (sic), faltas de foliación y errores que, ponen en tela de juicio la aplicación del principio administrativo de buena fe; también amplió sus argumentos en relación a la transgresión al debido proceso pues, al denegarse su recurso jerárquico, no firmó el “alcalde municipal” quien conforme a los arts. 123 y 124 la LPA, era la única autoridad facultada para conocer y resolver la referida impugnación; determinando éste hecho que se le ha privado del derecho al juez natural.
Finalmente, refiriéndose a su petitorio señaló “…lo que se está solicitando como último punto señora juez es que de no atender la solicitud de anular hasta la resolución 02 y dejar sin efecto para que se emita una nueva conforme a la regla del debido proceso identificamos la última resolución que ha sido la del 2 de mayo de 2014 (…) para que se deje sin efecto y se reconduzca y se remitan todos los antecedentes a la máxima autoridad ejecutiva de la alcaldía…” (sic)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria. Jurisprudencia constitucional reiterada y consolidada
- dentro del plazo de diez (10) días siguientes a su notificación, o al día en que se venció el plazo para resolver el recurso de revocatoria”
- ni ha planteado recurso alguno
- a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa
- el término o de notificada la última decisión
- si existieran, a partir del momento en que se agotó la última instancia
- fue notificado
- III.4.
- diligente,
- CONFIRMAR