Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 29 de 13 de noviembre de 2014, cursante de fs. 182 a 188, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Rubén Ballesteros Aguirre, Director Regional Cochabamba de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego (AJ) contra Oscar Freire Arze y Juan Carlos Claros Sandoval, Vocales de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, José Luis Apodaca Gonzales, Juez Primero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- 1) Por vulneración del derecho a una resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2°