Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
II.2.
II.2. A través de la Resolución Sancionatoria 10-00017-11 de 15 de diciembre de 2011, la Directora Regional Cochabamba de la AJ, ratificó los cargos determinados en el Auto de Apertura de Proceso Administrativo 09-00020-11, sancionando a la “Importadora Inturias & M” con la multa de 10 000 UFV (fs. 65 a 72).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- 1) Por vulneración del derecho a una resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2°