SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2015-S2

Fecha: 22-Jun-2015

II.3.

II.3.       Por Auto de Vista 194/2014 de 22 de octubre, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, conformada por los Vocales, Ernesto Félix Mur y José Luis Lenz Mamani, cuyos votos fueron coincidentes, declaró “con lugar” parcialmente la apelación interpuesta por la defensa del coimputado Antonio Remigio Cuadros Bejarano, imponiéndole las siguientes medidas sustitutivas a la detención preventiva: Presentación de dos veces por semana ante el Ministerio Público; garantía de dos personas solventes, cada una en un monto de Bs50 000.- (cincuenta mil bolivianos); arraigo nacional y prohibición de salir de la ciudad de Tarija, sin autorización previa del Juez de la causa, además del justificativo debido; prohibición de contactarse con cualquiera de los partícipes, testigos u otros implicados en el hecho que se le investiga; y, la obligación de acudir a cualquier llamado del Ministerio Público o el Juzgado (fs. 3 vta.). Existiendo posición dispar de la Vocal, Carolina Chamón Calvimontes, quien si bien igualmente concluyó que debía declararse con lugar el recurso de apelación, revocando la detención preventiva del imputado, fundamentó su voto para imponer las medidas sustitutivas de detención domiciliaria con escolta; y, arraigo nacional y departamental (fs. 2 vta.).