Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2015-S2
Fecha: 24-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso y a los principios de tutela judicial efectiva y de legalidad; toda vez que las autoridades jurisdiccionales demandadas, rechazaron -a su turno-, el incidente de nulidad de obrados que planteó por no haber sido notificado personalmente con el Auto de Vista que confirmó la Sentencia que declaró probada la demanda de desalojo incoada en su contra.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- Actuación de la Jueza Novena de Partido Civil y Comercial
- Fragmento 14
- encontrándose pendiente de resolución el recurso de apelación que planteó
- Fragmento 16