SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2015-S2
Fecha: 06-Jun-2015
III.3. Análisis del caso concreto
Dentro del proceso de asistencia familiar seguido por Juana Coca Lazarte a favor de su hijo menor NN contra Damián Mamani “Flores” se emitió mandamiento de apremio; sin embargo, los efectivos policiales sin observar correctamente su identidad, habida cuenta que él es Damián Mamani Llanto, ejecutaron el citado mandamiento, procediendo a conducirlo a la Carceleta de Montero a pesar que les hizo conocer el indicado error.
De la revisión de antecedentes se advierte que desde el inicio del proceso de asistencia familiar Juana Coca Lazarte identificó como demandado a Damián Mamani “Flores”, habiéndose procedido a su notificación por edictos, previo juramento de desconocimiento de domicilio; razón por la cual, una vez concluido el proceso, el Juez demandado a través de Sentencia 164/10, declaró probada la demanda debiendo Damián Mamani Flores cancelar en forma mensual el monto de Bs150.- a favor del beneficiario; en ese entendido, la demandante el 6 de febrero de 2015, solicitó la liquidación de pensiones; estableciendo la Secretaria del Juzgado Segundo de Instrucción Mixto de Montero a través de informe de la misma fecha que el obligado hasta el 14 de igual mes y año adeudaba la suma de Bs7950.-; consecuentemente, la autoridad judicial demandada a través de decreto de igual fecha intimó al obligado para que pague dentro del tercer día de su notificación, bajo apercibimiento de emitirse mandamiento de apremio; sin embargo, al haberse incumplido el pago, Juana Coca Lazarte mediante memorial de 27 de abril de 2015, impetró se libre mandamiento de apremio contra el mismo; por lo que, a través de decreto de 28 de igual mes y año, el Juez demandado ordenó que por Secretaría se emita el correspondiente mandamiento de apremio contra Damián Mamani Flores.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- capacidad jurídica otorgada a la autoridad, funcionario público o particular para comparecer ante el juez o tribunal de garantías constitucionales a efectos de que emita un informe sobre los actos o hechos que presuntamente vulneran derechos fundamentales
- cuando la acción se dirige, por error, contra una autoridad diferente a la que causó la lesión, pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, es posible conceder la tutela
- toda persona tiene derecho al nombre que le corresponde con arreglo a la ley
- refiere la existencia de error en la identidad de la persona cuyo nombre se consigna en el mandamiento de apremio,
- III.3. Análisis del caso concreto
- libró mandamiento de apremio contra Damián Mamani “Flores”
- Flores”
- CONFIRMAR en todo