Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0739/2015-S3
Fecha: 01-Jul-2015
I.1.3. Petitorio
Solicita que se conceda la tutela y se anulen; el Auto de casación de 28 de abril de 2014; el Auto de Vista de 27 de septiembre de 2013; y, la Sentencia de “28” de octubre de 2009, disponiendo que la Jueza a quo pronuncie nueva sentencia en forma fundamentada en base a las pruebas producidas, tomando en cuenta exclusivamente las normas del Código de Comercio que rigen la compra venta mercantil.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- se considera aceptado
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa-argumentativa desarrollada por la autoridad judicial
- esta jurisdicción no se constituye en un mecanismo de impugnación de la labor que efectúan los jueces y tribunales ordinarios;
- III.2. De la valoración de la prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder
- REVOCAR