Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2015-S3
Fecha: 22-Jul-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 6/2015 de 30 de enero, cursante de fs. 439 a 443 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Marcelina Betty Nogales Bohórquez contra Cristina Mamani Aguilar, Roger Gonzálo Triveño Herbas y Wilber Choque Cruz, Consejeros; y, Oscar Medrano Yrigoyen Angulo, Director Nacional de Recursos Humanos (RR.HH.) a.i., todos del Consejo de la Magistratura.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del derecho al debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- no se puede interponer un amparo, alegando la inconstitucionalidad de una disposición legal, pues para ello, la Ley del Tribunal Constitucional, tiene previsto el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- CONFIRMAR