SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2015-S1

Fecha: 18-Ago-2015

II.1.

II.1.  El 8 de mayo de 2000, dentro del proceso de nulidad de minuta y protocolo de escritura pública 752/96 de 9 de octubre de 1996, seguido por Benedicto Mollo Altamirano y Margarita Quispe de Mollo contra Elvira Terrazas Arze; el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, pronunció la Sentencia 147/00, declarando improbada la demanda principal y probada la acción reconvencional sin costas por ser juicio doble, reconociéndose a Elvira Terrazas Arze, su legítimo derecho propietario sobre el inmueble situado en la “Av. Palca 19 o Av. Defensores del Chaco” de la región de Chasquipampa, Alto Calacoto de la ciudad de La Paz e inscrito en DD.RR. bajo la partida 01377658 y en ejecución de sentencia se proceda a la calificación de daños y perjuicios. Resolución que fue confirmada por Auto de Vista 474/2000 de 17 de agosto, posteriormente en recurso de casación fue declarado improcedente mediante Auto Supremo 5 de 4 de enero de 2001 (fs. 12 a 19 vta.).