SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2015-S3
Fecha: 17-Ago-2015
iii)
iii) La propietaria Mirtha Silvia Zelaya Rojas, a momento de extender el citado testimonio de poder 483/2011, únicamente contaba con el contrato de compraventa de 10 de marzo de 1989, suscrito con José Faustino Jerez Huanca -vendedor-, no encontrándose aún registrado; por lo que, se le facultaba al mandatario concluir todos los trámites de regularización del derecho propietario, para posteriormente realizar la venta del inmueble, aspectos que fueron cumplidos, suscribiéndose la Escritura Pública 1515/2011 de 16 de julio, por la cual se formalizó la compraventa del bien inmueble, constituyendo un contrato simulado que no puede ser opuesto a su persona; que a su vez, suscribió el contrato privado de compraventa de 20 de diciembre de 2011, con el apoderado de la propietaria; solicitando el 16 de septiembre de 2013, la inscripción en DD.RR., siendo ilegalmente observada y rechazada, sin cumplir la previsión del art. 1555 del CC; por orden de Blanca Navajas Moore, para evitar la consolidación de su derecho propietario, y favorecer a su hermano Miguel David Navajas Moore para el registro del embargo dispuesto dentro del proceso ejecutivo iniciado en base a un documento de préstamo de 2 de septiembre de 2011, suscrito con Mirtha Silvia Zelaya Rojas, mismo que no existió, por no constar movimiento de dinero en las cuentas de ninguno de los contratantes, conforme se acredita por los requerimientos de ASFI; además, por las llamadas telefónicas se pudo acreditar la fluida comunicación entre las querelladas -prohibida por normas de DD.RR.-; el delito de uso indebido de influencias, se configura al ordenar la denegación ilegal de su petición de inscripción de compraventa, sin cumplir con el procedimiento establecido; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 5
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- Fragmento 7
- concedió de manera parcial
- II.1.
- III.1. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. Del principio de congruencia
- 1)
- i)
- ii)
- iii)
- b)
- c)
- CONFIRMAR en parte