SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2015
Fecha: 03-Sep-2015
Fragmento 21
De la revisión, de la presente acción de inconstitucionalidad abstracta, se advierte que el accionante esgrimió fundamentos para la declaratoria de inconstitucionalidad de la normativa impugnada por contraponerse solo a los arts. 12.III, 109.II y 330.II.III de la CPE, así lo expresa el acápite IV de su memorial de demanda y en ese sentido se desarrolla la misma. Ahora bien, a lo largo de esta, el accionante menciona los arts. 47.I, 308 y 311.II.5 de la Norma Suprema; empero los argumentos pilares de la referida demanda únicamente se concentra en la colisión de la disposición impugnada con los arts. 12.III, 109.II y 330.II.III de la Ley Fundamental. Por ello, a pesar de ser contemplados como infringidos por el precepto objetado los arts. 47.I, 308 y 311.II.5 de la CPE, en el Auto Constitucional (AC) 0045/2015-CA de 4 de febrero de 2015, que admitió la presente acción, ello no impide indicar, en esta etapa, que no corresponde su análisis; toda vez que, es el momento cuando se pueden considerar aspectos de fondo de la demanda, lo que permite dilucidar qué artículos de la Constitución Política del Estado, fueron considerados por el accionante afectados por la disposición impugnada. Entonces, por los fundamentos alusivos, respecto a la presunta inconstitucionalidad del precepto impugnado por contravención de los arts. 47.I, 308 y 311.II.5, no corresponde ningún análisis y menos decisión alguna de fondo.
- acción de inconstitucional abstracta
- I.1.1 Relación sintética de la acción
- admitió
- ,
- 1)
- (NIVELES DE CARTERA DE CRÉDITOS)
- (SECTORES PRIORIZADOS)
- I.
- III.
- IV.
- VII.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Principio de reserva legal previsto por el art. 109.II de la CPE
- el principio de reserva legal, en el ámbito del ejercicio de los derechos fundamentales, resultaría lesionado cuando una norma inferior a una ley imponga limitaciones
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2. Juicio de constitucionalidad respecto a los arts. 1 en su segunda parte, 4, Disposición Adicional Segunda, Disposiciones Transitorias Primera y Segunda del DS 1842
- III.3. Juicio de constitucionalidad de los arts. 66.I.II y 67 de la Ley 393
- Fragmento 21
- 3