SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0832/2015-S1

Fecha: 14-Sep-2015

III.3.

En el caso en análisis, el accionante, señala que las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos al debido proceso en su elemento de fundamentación, a la defensa, al trabajo, a la estabilidad laboral e inamovilidad funcionaria, a la dignidad humana, a la carrera administrativa y a la “seguridad jurídica”; toda vez que, si bien ingresó a trabajar desde el 15 de noviembre de 2005, en el sistema de salud pública dependiente del SEDES Cochabamba, por haber ganado el concurso de méritos y examen de competencia para el cargo base de médico general en el “Hospital de Entre Ríos”, fue transferido como médico de planta del Centro de Salud Capacachi (Colcapirhua) perteneciente a la Red de Servicios de Salud Quillacollo “(R-5)” dependiente del indicado SEDES, donde venía trabajando por casi un año manteniendo su institucionalización; empero, por memorándum 25929 de 28 de febrero de 2014, ordenó su transferencia y cambio de ítem en el “Centro de Salud de Entre Ríos” perteneciente a la Red de Servicios de Salud Ivirgarzama (R-04) dependiente de la señalada institución, decisión que pese a ser impugnada fue mantenida en las resoluciones emitidas tanto en el recurso de revocatoria como el jerárquico, sin la debida fundamentación, lesionando sus derechos.