SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

1)

El abogado del accionante ratificó en los mismos términos la acción de defensa y agregó los siguientes fundamentos: 1) Las autoridades demandadas revocaron el Auto 212/2013, amparados en el art. 112 de la CPE, debido a que Raúl Luis Lizarro Arancibia, al momento de haber sido imputado, estaba ocupando algún tipo de cargo público; sin embargo, eso no era evidente, pues en el momento de la imputación formal el referido ya no era funcionario público; y, 2) Actualmente, existe una conminatoria para que el Ministerio Público emita su requerimiento conclusivo.