SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

II.2.

II.2.    Por imputación formal, presentada el 4 de julio de 2012, ante la Jueza Doceava de Instrucción Cautelar Penal y Liquidadora del departamento de Santa Cruz, el Fiscal de Materia señaló que dentro del proceso penal iniciado por el Ministerio Público a denuncia del Gerente Regional de Santa Cruz de la ANB, contra el accionante y otros por la presunta comisión de los delitos de contrabando, sustracción de prenda aduanera y asociación delictuosa aduanera, interponía imputación formal por los siguientes motivos: i) El 20 de agosto de 2006, se decomisó un maletín con sobre fondo conteniendo mercadería no declarada de Carlos Acned Guardia Taja, siendo depositada la misma en el almacén de Depósitos Bolivianos Unidos (DBU) S.A., en calidad de custodia. El 24 de noviembre de ese año, por acta de funcionario de la Gerencia Nacional de la ANB, se evidenció que la mercancía referida había sido sustraída, siendo reemplazada por elementos sin valor; asimismo, Carlos Acned Guardia Taja, renunció a la misma en favor de la ANB, devolviéndole sus efectos personales en presencia de Raúl Luis Lizarro Arancibia y Roger Camacho Aguilera. Emergente de ello, este último informó sobre la sustracción de prenda aduanera, comentando que con anterioridad, el aludido y otro habrían realizado el ofrecimiento de dinero a cambio de remplazar la mercadería del bolsón; y, ii) Se imputa formalmente a Carlos Acned Guardia Taja, por la presunta comisión del delito de contrabando y asociación delictuosa, así como también a Roger Camacho Aguilera, Claudio Manuel Federico Gonzales Berríos y Raúl Luis Lizarro Arancibia, por la presunta comisión de los delitos de sustracción de prenda aduanera y asociación delictuosa aduanera, previstos en los arts. 181 ter y 181 quinquies del CTB (fs. 10 a 11 vta.).