SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2015-S1
Fecha: 22-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, con relación al acceso a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, a la motivación de los fallos, a la igualdad de las partes, a la defensa y a la tutela judicial efectiva, toda vez que, habiendo sido declarada en su favor la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, mediante Auto 212/2013 de 16 de agosto, dictado dentro del proceso penal en el que se lo imputó formalmente por los presuntos delitos de sustracción de prenda aduanera y asociación delictuosa, las autoridades demandadas dictaron el Auto de Vista 95 de 17 de abril de 2014, revocando el señalado Auto ut supra con los fundamentos de que la imputación había sido también por el delito de contrabando, el cual importaba una excepción a la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso; asimismo, por constituir un delito contra los intereses patrimoniales del Estado y porque resultaría ser un delito de corrupción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- a)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho al debido proceso
- III.2. Del derecho a la igualdad
- III.3. Del derecho a la defensa
- Fragmento 18
- III.4. Derecho a la motivación y fundamentación
- III.5. Derecho a la tutela judicial efectiva o acceso a la justicia
- respecto del derecho al acceso a la justicia, resulta claro que a través del mismo el querellante o víctima ejerce su derecho de accionar en materia penal para lograr el castigo del supuesto autor del delito,
- Fragmento 22
- III.7.